El informe de la OEA que enfadó a Sheinbaum.
La presidenta de México no aguantó la critica.
Lionel Funes/Poder y Partidos
Martes 10 de junio de 2025
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La OEA siempre, por muchos años, ha enviado misiones a observar y dar su opinión sobre procesos electorales en todo el continente.
Desde que la OEA envió su primera Misión de Observación Electoral en 1962 a Costa Rica, ha estado en 28 países y ha estado presente en más de 331 misiones y desplegando más de 14.500 expertos y observadores en los países de América.
Es decir, la OEA hace un trabajo permanente -y no sólo para el caso de México para esta elección judicial.
Además, si es su papel dar opiniones y recomendaciones sobre los procesos del continente; a pesar de que la Presidenta de México afirme lo contrario.
Dichos comentarios de la titular del ejecutivo mexicano fueron porque no soportó el contenido del Informe Preliminar que se hizo público hace unos días, particularmente en las consideraciones finales en el apartado que dice:
“…la Misión no recomienda que este modelo de selección de jueces se replique para otros países de la región.”
Otros aspectos que la Misión de la OEA observó son
“…nueve candidaturas con mayor cantidad de votos a la Suprema Corte fueron promovidas en "acordeones" físicos y virtuales. Asimismo, se constató que 6 de los nuevos ministros/as fueron postulados por el comité del Poder Ejecutivo y las 3 restantes son integrantes de la corte actual nombradas por el ex presidente, lo cual levanta dudas razonables sobre la autonomía e independencia del máximo tribunal con respecto al Ejecutivo.”
Incluir en los requisitos para todos los cargos un mínimo de experiencia profesional en el área jurídica y, de ser aplicable, en la materia específica a la que se postula.
Establecer requisitos adicionales para integrar los órganos de mayor jerarquía, que pueden ir desde estudios de posgrado, publicaciones o una trayectoria profesional más extensa.
Definir en la ley de manera exhaustiva y objetiva cuáles son las causales que pueden llevar a que a un postulante se lo declare inelegible por no cumplir con el requisito de buena reputación.
No se estableció una etapa en la que la ciudadanía pudiera impugnar a las personas registradas en caso de creer que alguna de ellas no cumpliera con los requisitos para el cargo.
Es conveniente que existan espacios de audiencia pública en el que la ciudadanía y organizaciones no gubernamentales puedan expresar sus inquietudes y, en caso de creerlo necesario, presentar impugnaciones.
Y para concluir estas fueron las consideraciones finales:
“Tal como ha quedado plasmado en el informe, este ha sido un proceso electoral sumamente complejo y polarizante.
El análisis de esta primera experiencia deja en evidencia que existen múltiples oportunidades de mejora.
La Misión insta a las autoridades electorales y los órganos políticos a considerar las recomendaciones formuladas para fortalecer todas las etapas del proceso, corregir las deficiencias actuales y garantizar la sostenibilidad de las soluciones adoptadas.
La ciudadanía y las instituciones mexicanas deberán evaluar si el modelo actual de selección de autoridades judiciales a través del voto popular, que no tiene precedentes a nivel mundial, contribuye a fortalecer los principios fundamentales de la administración de justicia; o si, por el contrario, acaba debilitando la transparencia, imparcialidad, eficacia e independencia del Poder Judicial.
Las lecciones aprendidas en este proceso resaltan la importancia de que toda reforma al modelo de selección de jueces se haga de manera gradual, a partir de un debate verdaderamente plural y, sobre todo, con base en un diagnóstico comprensivo, técnico y profesional sobre las problemáticas que se busca resolver y los mecanismos más efectivos para hacerlo.
Dicho lo anterior, la Misión no recomienda que este modelo de selección de jueces se replique para otros países de la región.”